SANTO DOMINGO. – El Senado de la República aprobó en segunda lectura de Ley Orgánica del Banco de Reservas de la República Dominicana -Banco Múltiple, que deroga y sustituye la Ley No. 6133 del 17 de diciembre de 1962, que rige esa entidad crediticia.
La iniciativa establece en el artículo 8 del proyecto, que el capital del Banco de Reservas es de 39 millones de pesos dominicanos, y que podrá aumentar o disminuir mediante una resolución que emita su Consejo de Directores.
La iniciativa del Poder Ejecutivo establece el régimen jurídico del Banco de Reservas-Banco Múltiple, con el objetivo de modernizar la gobernanza interna, adecuar el procedimiento de capitalización a las necesidades de capital del banco, organizar la distribución de las utilidades de acuerdo a la realidad actual y adaptar la operatividad de la entidad conforme a la normativa sectorial que le rige.
En el renglón de operaciones del Banco, la iniciativa contempla modificaciones y en lo adelante establece que no le serán aplicables las normas generales o especiales relativas al sector público o a las instituciones públicas, salvo aquellas que lo dispongan de modo expreso.
También elimina la exoneración fiscal del banco, contenida en el artículo 30 de Ley vigente; elimina la designación del banco como Agente Fiscal del Estado, depositario de la totalidad de los fondos públicos y agentes del Banco Central, expresada en el artículo 29 de la Ley vigente; y se modifica la denominación del Banco de Servicios Múltiples a Banco Múltiple.
Cuerpo de Mitigación a Emergencias y Desastres
El Senado aprobó este martes en primera lectura el proyecto de ley que crea el Cuerpo Especializado de Mitigación a Emergencias y Desastres (CEMED), que estará bajo el control del Ministerio de Defensa (MIDE), para apoyar a las instituciones encargadas de las tareas de mitigación.
La iniciativa proveniente del Poder Ejecutivo para crear el CEMED, se sustenta en la Ley 139-13, Orgánica de las Fuerzas Armadas, que confiere al Ministerio de las Fuerzas Armadas la misión de defender la Constitución y las instituciones de la República, promover el desarrollo económico y social del país, incluyendo la posibilidad de intervenir en la mitigación de situaciones de desastres y calamidad pública.
El organismo ayudará al fortalecimiento del sistema de gestión de riesgo, y brindará al Estado dominicano otro instrumento orgánico para cumplir con la protección efectiva de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
CEMED tendrá las atribuciones de conducir operaciones de mitigación de emergencias y desastres a nivel nacional, apoyo a las autoridades competentes, cooperar en las operaciones de socorro y asistencia humanitaria a nivel internacional.