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TSE deja en estado de fallo dos acciones contra PRM y JCE

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral, dejó en estado de fallo reservado dos procesos incoados contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Junta Central Electoral.

Un primer expediente es el número TSE-01-0042-2023, sobre la Solicitud de Reconteo incoada por el señor Abraham Sánchez Alcántara contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Junta Central Electoral. El Tribunal otorgó un plazo de 48 horas solicitado por la parte demandante para depositar escrito de sustentación de sus conclusiones. Vencido dicho plazo, el proceso queda en estado de fallo.

El segundo expediente es el número TSE-01-0106-2023, en el que el Tribunal libró acta del desistimiento respecto al demandante, señor Rubén Darío Paulino Marte en la Demanda en nulidad de proceso de elección por la modalidad de encuesta. Los demás demandantes continuaron con su demanda, que son, los señores Francisco Payamps Gómez; Alexander Abad Leyba; Esteban Mella Gómez; Yanel Manuel Mateo González; José Francisco Peralta y María del Carmen Antigua Álvarez. El Tribunal otorgó un plazo de 48 horas a las partes para fundamentar sus conclusiones, transcurrido el cual, el proceso queda en estado de fallo reservado. En este proceso, la parte demandada es la Comisión Nacional de Elecciones Internas del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el propio Partido.

El Tribunal Superior Electoral fijó para el martes 14 de noviembre a las 3:00.p.m., la Acción de Amparo interpuesta por los señores Ylsis María Cruz Ramírez, precandidata a diputada por la Circunscripción 3, de la provincia Santiago; Williams de Jesús Salcedo De Peña, precandidato a director distrital del municipio de San Francisco de Jacagua, provincia Santiago; Pedro Antonio Collado Marine, precandidato a alcalde del municipio de Sabana Iglesia, de la citada provincia; Antonia Rodríguez de Rosario, precandidata a diputada por la Circunscripción 1, Santiago; Carlos Juan Arias Gómez, precandidato a diputado por la Circunscripción 3, Santiago y Juan Alfonso de Jesús Rodríguez Cruz, precandidato a diputado por la Circunscripción 1, de la misma provincia. La parte accionada es el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y su Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI).

En otros roles de audiencias, el TSE, integrado por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández, aplazó para el jueves 16 de noviembre del presente año, la Solicitud reconocimiento de candidatura a regidor incoada por el señor Yohansen Miguel Mañón Martínez, contra el Partido Fuerza del Pueblo; la Junta Electoral de Santo Domingo Norte, y su órgano rector, Junta Central Electoral (JCE), para que se realice la debida tramitación de documentos.

Los expedientes números TSE-01-0128-2023 y TSE-01-0145-2023, fueron fusionados por su identidad de partes, objeto y causa. Se trata de la Solicitud de revisión de votos y copias de actas de la Circunscripción No. 2, del Distrito Nacional. Los expedientes fusionados fueron aplazados para la misma fecha, 16 de noviembre del presente año.

En ambos expedientes, la demandante es la señora Delfina Sepúlveda Mirabal, quien acciona contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Junta Central Electoral (JCE).

El Tribunal también aplazó para dicha fecha, la Demanda en nulidad, incoada por los ciudadanos Ylsis María Cruz Ramírez, precandidata a diputada por la Circunscripción 3, de la provincia Santiago; Williams de Jesús Salcedo De Peña, precandidato a director distrital del municipio de San Francisco de Jacagua, provincia Santiago; Pedro Antonio Collado Marine, precandidato a Alcalde del municipio de Sabana Iglesia, provincia de Santiago; Antonia Rodríguez de Rosario, precandidata a diputada por la Circunscripción 1, provincia de Santiago; Carlos Juan Arias Gómez, precandidato a diputado por la Circunscripción 3, Santiago y Juan Alfonso de Jesús Rodríguez Cruz, precandidato a diputado por la Circunscripción 1, de la misma provincia.

La parte demandada es el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) de esa organización política. El motivo del aplazamiento fue una comunicación recíproca de documentos.

La Alta Corte, así mismo, aplazó para la referida fecha, el Recurso de Impugnación contra la Resolución No. 056, evacuada por la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM), de fecha nueve (9) de octubre de dos mil veintitrés (2023), donde la señora Antonia Rodríguez Batista, acciona contra el citado Partido, en cuyo expediente figura como interviniente forzoso el Centro Económico del Cibao. El aplazamiento fue para una comunicación recíproca de documentos.

El Tribunal canceló el rol por la no comparecencia de las partes y ordenó el archivo del expediente número TSE-01-0129. El proceso se trataba de la Impugnación y revisión por exclusión sin justificación de precandidatura a diputado, que interpusiera el señor Gerard Nathanael Feliz Peña, contra el Partido Fuerza del Pueblo; su Comisión Nacional Electoral, y el presidente de dicha Comisión, señor José Manuel Hernández Peguero.